La bancada de Morena en la Cámara de Diputados impulsa la Ley General de Acceso Integral a los Derechos de las Personas Trans, la cual plantea generar derechos exclusivos para ese grupo como son programas exprofeso de vivienda gratuita y acceso al empleo con la obligación del estado para promover puestos directivos para personas trans.

La iniciativa, a cargo de la diputada trans María Clemente García Moreno, también plantea el acceso sin costo a la seguridad social con la obligación del Estado a realizar cirugías plásticas, reconstructivas, de reafirmación de género y tratamientos integrales hormonales, e incluso la oportunidad de que una persona trans acusada por la comisión de un delito evite la prisión a través de medidas afirmativas.

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Además, establece la obligación de la Secretaría de Educación Pública (SEP) a integrar nuevos contenidos en materia de diversidad sexual a los libros de texto gratuito, entre otros temas.

Se argumenta que el objetivo fundamental de la propuesta es garantizar el acceso de quienes se identifican como travestis, transexuales y transgénero, a documentos de identidad, educación, cultura, trabajo, vivienda, salud y justicia.

En materia de identidad, la ley establece que las personas trans tendrán garantizado su derecho al reconocimiento legal de su identidad de género autopercibida, comenzando por el acta de de nacimiento, a través del cambio, corrección o rectificación de su nombre, su sexo o su género.

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En materia de educación, la ley prohíbe cualquier discriminación en las escuelas, planteles, centros educativos o por parte del personal docente, técnico, manual, administrativo o directivo del Sistema Educativo Nacional.

Establece que la educación que reciban las personas trans por parte del Estado "será obligatoria, universal, inclusiva, pública, gratuita, laica, ajena por completo a cualquier doctrina religiosa, sin exclusión, libre de prejuicios y estereotipos relacionados con la identidad de género".

También obliga al Estado a generar medidas de inclusión y políticas públicas en todos los niveles del Sistema Educativo Nacional, que posibiliten a las personas trans vestir de la manera que corresponda con su identidad de género autopercibida y expresión de género, "incluso mediante el uso de códigos de vestimenta escolar neutrales y cortes de cabello que combatan los estereotipos y los prejuicios atribuidos a los roles de género sobre la forma en que mujeres y hombres deben vestir en escuelas, planteles y centros educativos que requieran el uso de uniformes".

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Además, obliga a la autoridad educativa a diseñar y ejecutar acciones a nivel nacional que posibiliten el uso de baños y vestidores inclusivos, neutros o sin género, a incorporar contenidos sobre diversidad sexual y de género a los libros de texto gratuitos, y a generar un registro de personas trans en todos los niveles del Sistema Educativo Nacional, "con la finalidad de atender de manera más eficaz y oportuna sus necesidades y las problemáticas que pudieran presentarse en relación con su identidad de género autopercibida o la expresión de género".

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En materia de cultura, mandata al gobierno federal para garantizar la aplicación de recursos presupuestales "para la existencia de infraestructura física e incentivos económicos que tengan como uso y destino la producción, presentación y difusión en espacios públicos y medios de comunicación, de obras artísticas, materiales y expresiones culturales elaboradas por personas trans".

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En el apartado de "empleo", la reforma mandata a la Secretaría del Trabajo a instrumentar un programa nacional de trabajo y empleo para las personas trans, "a través de convenios con los sectores público, social y privado, que comprenda la capacitación, creación de agencias de inclusión laboral, acceso a bolsas de trabajo públicas o privadas, centros de trabajo, talleres, asistencia técnica, formación vocacional o profesional y becas".

También le ordena fomentar el acceso a la promoción de puestos directivos para personas trans, al considerar que en razón de su identidad de género autopercibida o de su expresión de género están relegadas.

En materia de vivienda, ordena garantizar el acceso sin discriminación de las personas trans a la vivienda digna y decorosa, para lo cual es Estado deberá de fomentar esquemas financieros para el acceso de las personas trans a programas, acciones o estímulos de vivienda a través de créditos, ahorros, apoyos y subsidios, adempas de destinar fondos y recursos "que ofrezcan oportunidades de acceso a la vivienda para las personas trans en situación de pobreza".

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En el ámbito de la salud, la reforma propone garantizar la aplicación de recursos presupuestales suficientes "para la implementación de medidas de nivelación e inclusión, acciones afirmativas y políticas públicas para la atención de las personas trans en todo el Sistema Nacional de Salud".

En esa materia, establece la obligación del Estado a promover la afiliación voluntaria y gratuita de las personas trans a la seguridad social, así como el derecho a acceder a tratamientos hormonales, cirugías plásticas, cirugía de reafirmación de género, cirugías reconstructivas, y procedimientos de rehabilitación para que su genitalidad sea concordante con su identidad de género autopercibida.

En el apartado, "derecho a la justicia", la reforma plantea la existencia de defensores públicos especializados en asuntos de personas trans, así como la creación de fiscalías especializadas para la atención de casos de odio.

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Finalmente, se propone que las personas trans que enfrenten un delito, "podrán ser ubicadas en centros penitenciarios que correspondan a su identidad de género autopercibida, cuando así lo manifiesten", y establece una acción afirmativa para las personas trans a fin de crear medidas alternativas a la pena de prisión.

En todos los casos, la ley señala que para el acceso a las mencionadas políticas públicas "bastará con la manifestación de la persona de pertenecer a la población trans, bajo protesta de decir verdad".


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