La controversia por la elección de autoridades auxiliares de la comunidad de Lagunilla, municipio de San Salvador, continúa sin resolverse, aun cuando el caso llegó al Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo. Este órgano determinó escindir la demanda y remitirla a la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para que defina lo conducente respecto a la impugnación de la sentencia emitida en el expediente TEEH-JDC-026-2026.

En dicha resolución, entre otras determinaciones, el TEEH ordenó la emisión de una nueva convocatoria para la elección de delegado en la comunidad.

Posteriormente, se promovió un nuevo juicio identificado como TEEH-JDC-046/2026, interpuesto por Rosalio Mendoza Pérez, quien señaló como autoridad responsable al ayuntamiento de San Salvador. El acto impugnado corresponde a la convocatoria emitida los días 9 y 11 de abril para la elección de autoridades auxiliares en Lagunilla.

Conflicto por elección en Lagunilla escala a tribunal federal | Foto: especial
Conflicto por elección en Lagunilla escala a tribunal federal | Foto: especial

A este expediente se acumuló el TEEH-JDC-049/2026, promovido por Víctor Manuel Canseco Paredes y otros, también contra la convocatoria para la elección de autoridades auxiliares. En su demanda, los actores señalan que la autoridad responsable omitió respetar los usos y costumbres para la elección de delegado al emitir una tercera convocatoria.

El pasado 20 de abril, el TEEH resolvió ambos juicios y determinó escindir la parte de la demanda del juicio TEEH-JDC-046/2026 que controvierte la sentencia del diverso expediente TEEH-JDC-026/2026, a fin de que sea conocida por la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

El documento precisa que los promoventes también impugnan la sentencia emitida por el TEEH, en la que se ordenó la emisión de la convocatoria.

En ese sentido, se indica que, al tratarse de un medio de impugnación contra una determinación definitiva del TEEH, corresponde a la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación conocer de su sustanciación y resolución. Por ello, únicamente los agravios dirigidos a controvertir dicha sentencia fueron escindidos para su análisis por la instancia federal.

El TEEH asumirá únicamente la competencia sobre los agravios relacionados con la presunta vulneración de derechos de la comunidad indígena, en lo relativo a la publicación de la tercera convocatoria para la elección de delegado.

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