La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá un proyecto, el próximo 8 de enero, para homologar la aplicación de la tasa del cero por ciento a todos los productos de gestión menstrual, y cuyo beneficio fiscal no sea solo para tampones, toallas o copas, de acuerdo a lo estipulado desde 2022.
El ministro Irving Espinosa Betanzo, proponente del proyecto, reveló este domingo que lo que se busca es aplicar la tasa cero del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a todos los productos que no fueron incluidos en la exención de este gravamen del 16 % hace tres años.
"Una de las funciones principales del Estado mexicano es la promoción de la salud pública evitando cargos económicos adicionales a las personas que por razón de género deben atender necesidades biológicas", estipula la propuesta que busca reformular el derecho a una "menstruación digna" en el país.
Play Video
Además, apunta que "negar el tratamiento fiscal preferencial a cualquier producto que esté destinado a la gestión menstrual reproduce desigualdades estructurales que afectan de forma desproporcionada a quienes se encuentran en condiciones de pobreza o marginación social".
[Publicidad]
La propuesta del togado pretende amparar a la empresa Nueva Walmart México, que reclamó, en la reforma del 12 de noviembre de 2021, la inconstitucionalidad al artículo 2-A fracción I, inciso j de la Ley del IVA, por excluir productos de gestión menstrual como los pantiprotectores, la ropa interior para menstruación (de tela y desechable), jabones y toallas para la higiene íntima femenina y parches para cólicos.
En ese sentido, el documento señala que el artículo citado da "un trato desigual a la comercialización de productos de gestión menstrual, pues mientras la enajenación de toallas sanitarias, tampones y copas se encuentran gravadas a la tasa cero", aseguró.
[Publicidad]
[Publicidad]
Es verdad que "existen en el mercado otro tipo de productos que tienen la misma finalidad cuya enajenación está gravada a la tasa general del 16 %", agregó Espinosa.
También estableció que en un principio la finalidad de reformar el tratamiento fiscal a las toallas femeninas, tampones y copas, “fue el impulsar la educación menstrual facilitando a las personas menstruantes el acceso a productos indispensables”.
[Publicidad]
"Es innegable que -a fin de salvaguardar el principio de equidad tributaria- cualquier producto destinado a la gestión menstrual debe recibir el mismo tratamiento tributario”, agregó el texto.
A esta impugnación por parte de la compañía Nueva Walmart México se suma la lucha que han dado las organizaciones civiles para garantizar una menstruación digna.
[Publicidad]
En mayo pasado, asociaciones civiles presentaron a la SCJN un recurso ‘amicus curiae’ con el que ofrecieron argumentos para que el cuerpo de ministros declarara inconstitucional el cobro del IVA a todos los productos de gestión menstrual.
En México, la pobreza menstrual es un problema latente, tan solo este año cuatro de cada diez estudiantes mexicanas afirmó que prefiere no ir a la escuela durante su periodo por falta de insumos, educación e infraestructura, según un informe publicado por la organización Mexicanos Primero.
Únete a nuestro canal ¡EL UNIVERSAL HIDALGO ya está en WhatsApp!, desde tu dispositivo móvil entérate de las noticias más relevantes del día, artículos de opinión, entretenimiento, tendencias y más.
[Publicidad]
[Publicidad]
Más Información

Tensión en las calles de Francia: Protestas estudiantiles, represión policial y solidaridad familiar marcan la jornada

Sheinbaum busca modernizar el sistema de salud y eliminar la burocracia en hospitales

Sheinbaum entrega 432 viviendas del Infonavit y cancela 658 créditos del Fovissste en Yucatán

Sedena limita uso de redes sociales a su personal; nuevo código regula difusión de información oficial
























