Por privación ilegal de la libertad, dañó la propiedad y lesiones, fueron vinculados cuatro hombres y tres mujeres, presuntamente involucradas en las agresiones en contra de Norberto Martínez Cruz, alcalde de San Salvador.
Las siete personas permanecerán con la medida cautelar de resguardo domiciliario mientras se desarrolla la investigación complementaria durante los siguientes tres meses, determinó el juez de control Jesús Anim Ope Islas.
Dicha resolución ocurrió durante la continuación de la audiencia inicial que se llevó a puerta cerrada en los Juzgados de Control, Juicio Oral y Ejecución de Pachuca.
El pasado viernes 21 de agosto, el Ministerio Público de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo (PGJEH) les formuló la imputación de los tres delitos.
Sin embargo, los acusados decidieron apegarse al término constitucional de 144 horas que concluyó este miércoles. El juez decidió sujetarlos a proceso judicial por datos de prueba presentados que presumen su presunta participación en las agresiones que ocurrieron en San Salvador.
De acuerdo con el Código Penal para el Estado de Hidalgo, al que ilegítimamente prive a otro de su libertad, se le aplicará prisión de tres meses a tres años.
Mientras que el ilícito de daño en propiedad prevé penas desde seis meses, hasta cinco o 10 años de acuerdo con el monto del valor afectado. Y, las lesiones de tres meses hasta 10 años, de acuerdo con la gravedad del daño ocasionado a la víctima.
La diferencia principal entre ambos delitos es que el secuestro exige un rescate o una condición a cambio de liberar a la persona, mientras que la privación ilegal de la libertad solo consiste en retener a alguien contra su voluntad sin buscar un beneficio o imponer condiciones.
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