El Tribunal de Enjuiciamiento dictó fallo condenatorio contra tres imputados por los delitos de feminicidio y aborto forzado, además de actualizar el delito por homicidio doloso, derivados del crimen ocurrido el 30 de julio de 2024 en San Isidro, municipio de Santiago Tulantepec.
La determinación se emitió en los Juzgados Penales de Control y Juicio Oral de Tulancingo, luego del análisis de los alegatos presentados durante la audiencia celebrada la noche del 8 de octubre, en la que el tribunal evaluó los elementos probatorios desahogados durante el juicio.
Con fundamento en los artículos 400, 401 y 402 del Código Nacional de Procedimientos Penales, el tribunal de enjuiciamiento resolvió en unanimidad emitir un fallo condenatorio contra los tres acusados por el feminicidio de Guadalupe Sánchez Garrido y el delito de aborto forzado cometido en su agravio; asimismo, se determinó la responsabilidad penal de dos de los imputados por los homicidios dolosos de Josselyn Sánchez Garrido y Daniela García Sepúlveda.
En la exposición de los argumentos, se precisó que el delito de feminicidio quedó acreditado en el caso de Guadalupe Sánchez Garrido, debido al nexo que mantenía con el imputado de iniciales O. Y. C.
Sin embargo, respecto de Josselyn Sánchez Garrido y Daniela García, el tribunal determinó que los hechos no se configuraron como feminicidio, en los términos planteados por la Fiscalía, sino como homicidio doloso, al considerar que no se acreditaron las circunstancias relacionadas con razones de género necesarias para actualizar ese tipo penal.
En cuanto a la intervención de los imputados, el tribunal determinó que Omar Y. C. actuó como partícipe inductor, al persuadir y ofrecer una remuneración económica para que se atentara contra la vida de Guadalupe Sánchez Garrido, con conocimiento de que se produciría el aborto forzado.
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Por su parte, Ricardo G. Y. y Diana G. C. fueron considerados partícipes coautores, debido a que, de acuerdo con la resolución judicial, actuaron de manera directa y organizada para privar de la vida a las víctimas.
En consecuencia, el sentido condenatorio estableció que Omar Y. C. es culpable de feminicidio y aborto forzado, mientras que Ricardo G. Y. y Diana G. C. fueron declarados culpables de feminicidio, aborto forzado y homicidio doloso.
Previo a concluir la audiencia, se estableció que el próximo 14 de octubre se llevará a cabo la audiencia de individualización de sanciones y reparación del daño, diligencia en la que el Ministerio Público presentará el desahogo de dos testigos.
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