La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), en la que se determinó que la presidenta municipal de Apan, Zorayda Robles Barrera no ejerció violencia política en razón de género en contra de dos regidoras.

Las regidoras argumentaron que el TEEH había “fragmentado el estudio de los hechos denunciados y omitido valorar el impacto diferenciado que, a su juicio, las conductas atribuidas a la alcaldesa tuvieron en el ejercicio de su cargo”.

No obstante, la Sala Regional consideró infundados dichos señalamientos y concluyó que el TEEH sí realizó un análisis “integral y contextual de las conductas denunciadas”.

En ese sentido, avaló la conclusión del órgano jurisdiccional local de que los “hechos no actualizan el componente de género ni generan un impacto diferenciado, al tratarse de situaciones propias de las dinámicas internas de un órgano colegiado”, como lo es el ayuntamiento.

Desde octubre de 2025, el TEEH había determinado que los conflictos, desacuerdos y decisiones cuestionadas son parte del funcionamiento ordinario del cabildo y no se pueden considerar como actos “que tengan como finalidad menoscabar o anular los derechos político-electorales de las regidoras por el hecho de ser mujeres”.

Con esta reciente resolución, la Sala Regional dejó firme la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo y dio por concluido el medio de impugnación promovido por las regidoras, aunque todavía pueden acudir a la Sala Superior.

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