Los fuertes dolores que Raquel presentó durante su parto no fueron atendidos de inmediato por personal del Hospital General de Tula, lo que provocó la muerte de su bebé; tras la cesárea, descubrió que también le habían retirado la matriz sin su consentimiento y que en la cirugía le perforaron los intestinos.
Por estas omisiones médicas en contra de la mujer -cuyo nombre fue modificado-, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 23/2026 y le pidió reparar el daño al Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-Bienestar), al cual pertenece dicho nosocomio de Tula.
La CNDH acreditó vulneraciones a derechos humanos y violencia obstétrica por parte de personal del hospital en contra de Raquel, quien ya vivía una situación vulnerable al ser una madre soltera que no tenía un empleo, sus ingresos económicos eran escasos y carecía de protección social.
El asunto inició el 18 de agosto de 2024, cuando la víctima comenzó a tener dolores de parto; sin embargo, una doctora le dijo que "se callara", sin prestarle atención médica.
Fue hasta que Raquel y su bebé dejaron de tener frecuencia cardiaca cuando la llevaron al quirófano para practicarle una cesárea, luego le notificaron que su hijo había fallecido.
Posteriormente, les informaron a sus familiares que le habían extirpado la matriz, a pesar de que nunca solicitaron su consentimiento para ello y, al terminar la cirugía, le realizaron un ultrasonido donde se dieron cuenta de que tenía perforados los intestinos.
De acuerdo con la recomendación, Raquel no solo recibió malos tratos, sino también amenazas por parte del personal médico y directivo del Hospital General de Tula, lo que le provocó afectaciones emocionales y psicológicas.
Luego de analizar el asunto, la CNDH determinó que la mujer fue vulnerada en su derecho de acceso a la información en materia de salud, que no se le garantizó una atención médica adecuada, oportuna y de calidad.
De igual manera, halló que el personal médico omitió indicar otros procedimientos aun cuando ya se había dado cuenta que la frecuencia cardíaca del bebé estaba en límites bajos y que ignoraron su solicitud sobre que fuera trasladada a otra unidad médica con mayor capacidad de atención.
Asimismo, la Comisión Nacional advirtió que los trabajadores del hospital ya conocían la situación de vulnerabilidad en que se encontraba la víctima; en consecuencia, le ordenó al IMSS Bienestar reparar el daño causado; seguimiento y atención médica especializada de calidad para Raquel y colaborar para que reciba atención psicológica y tanatológica.
El caso de Raquel se suma a la recomendación 10/2026 en la que fue involucrado personal del Hospital Rural 30 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Hospital del Valle del Mezquital de la Secretaría de Salud de Hidalgo, acusados por violencia obstétrica contra una mujer indígena otomí, quien perdió a su bebé por atención médica deficiente.
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