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La empresa Publirex Centro S.A. de C.V., señalada de causar daños a puentes peatonales de Pachuca por la colocación de sus espectaculares, promovió un juicio de amparo en contra del Reglamento de la Ley de Imagen Urbana del Estado de Hidalgo.
El asunto ingresó al Juzgado Tercero de Distrito del Vigésimo Noveno Circuito del Poder Judicial de la Federación (PJF) bajo el número de expediente 1902/2025.
La compañía señaló como autoridad responsable al gobernador Julio Menchaca Salazar y como acto reclamado: la normativa publicada el 15 de agosto en el Periódico Oficial del Estado (POEH).

El Reglamento prevé que los propietarios de anuncios espectaculares tendrán que contar con: póliza de seguro de responsabilidad civil contra terceros para la expedición o renovación de licencias, permisos o autorizaciones; responsiva técnica y dictamen de riesgos de Protección Civil.
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Además de una serie de requisitos previstos en ocho artículos con 30 fracciones que pertenecen al capítulo nueve sobre los anuncios, propaganda y publicidad. No obstante, el amparo señala en su conjunto el Reglamento y no numerales en específico.
Por este motivo, la autoridad federal le solicitó a Publirex precisar cierta información, por lo que el Juzgado aún no se pronuncia sí procede, o no, la suspensión de los actos reclamados.
El decreto con el que se inconformó la empresa consta de 98 artículos y tres transitorios, el último de estos puntualiza que en un plazo no mayor a 180 días naturales los municipios deberán expedir o adecuar su normativa a la Ley de Imagen Urbana que data del 2023 y su Reglamento, publicado este año.
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