El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) impugnó la designación de Jonnathan Pérez Ledezma como titular del Órgano Interno de Control (OIC), al considerar que dicha decisión vulnera su autonomía e independencia constitucional.
El pasado 29 de julio, el Congreso de Hidalgo aprobó la designación de las personas titulares de los OIC de al menos cuatro organismos: Comisión Estatal de Derechos Humanos (CDHEH), Auditoría Superior del Estado de Hidalgo (ASEH), Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) y el TEEH.
Ante ello, el TEEH acusó vulneración de su autonomía, por lo que promovió un Juicio Electoral ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
A través de un comunicado, el órgano jurisdiccional informó que el recurso busca controvertir el nombramiento aprobado por el Congreso del Estado durante la sesión ordinaria número 205 de la LXVI Legislatura, celebrada el pasado 29 de julio.
El TEEH sostuvo que la promoción del medio de impugnación responde a su obligación institucional de preservar los principios de autonomía técnica, de gestión e independencia, los cuales, afirmó, son indispensables para garantizar que las resoluciones jurisdiccionales se emitan con imparcialidad, objetividad y apego al orden constitucional.
Argumentó que el artículo 116 de la Constitución federal y el artículo 105 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establecen que los tribunales electorales locales deben ejercer sus funciones con autonomía técnica y de gestión, libres de cualquier injerencia de otros poderes públicos.
Además, consideró que la designación de la persona titular del Órgano Interno de Control por un poder distinto al propio tribunal constituye una intervención en su organización y funcionamiento interno, lo que, a su juicio, compromete las garantías de independencia previstas en la Constitución.
También afirmó que tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación como la Sala Superior del TEPJF han sostenido, en diversos precedentes, que este tipo de disposiciones son incompatibles con la autonomía de los tribunales electorales al propiciar mecanismos de influencia externa sobre su estructura administrativa.
Como parte de su demanda, el Tribunal Electoral solicitó a la Sala Superior dejar sin efectos el acuerdo mediante el cual se realizó la designación impugnada y revocar los actos jurídicos derivados de ésta. Asimismo, pidió que, para este caso, se determine la inaplicación de las disposiciones de la Constitución Política del Estado de Hidalgo y de la legislación local que atribuyen esa facultad al Congreso, al estimarlas contrarias al orden constitucional federal.
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