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Un Tribunal Colegiado de Apelación negó un amparo que promovió Gerardo N., exrector de la Universidad Autónoma de Hidalgo (UAEH). La decisión implica que el proceso por delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita que se persigue en su contra, continuará en su etapa de juicio.
Además, se reactivarán las medidas cautelares que tenía antes de esta resolución, es decir, la portación del brazalete electrónico, según se desprende del amparo indirecto 66/2025 que resolvió el Primer Tribunal Colegiado de Apelación del Segundo Circuito con sede en Toluca, Estado de México.
Esta resolución tiene antecedente en una determinación que, con anterioridad, emitió un juez de distrito especializado en el sistema penal acusatorio, quien resolvió el sobreseimiento parcial (concluir el proceso) de la causa 263/2020 que se persigue en contra del exrector hidalguense.
Sin embargo, inconforme con dicha resolución, la Fiscalía General de la República (FGR) interpuso un recurso de apelación que conoció el Segundo Tribunal Colegiado de Apelación con sede en Toluca.
Para el 27 de marzo de 2025, este órgano jurisdiccional revocó lo que había dicho el juez respecto al sobreseimiento parcial porque carecía de facultades para conocer el planteamiento debido a que el asunto ya estaba en la etapa de juicio ante un Tribunal de Enjuiciamiento, además de que excedió su ámbito de competencia.
Como esa resolución implicó afectación para Gerardo N., el exrector impugnó a través de un juicio de amparo indirecto (66/2025), el cual conoció el Primer Tribunal Colegiado inicialmente enunciado.
Finalmente, esta autoridad constitucional también determinó como infundados los conceptos de violación que expuso Gerardo N. y por ello, le negó el amparo.
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