Tras la impugnación, Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que Rebeca Aladro Echeverría, excandidata a ministra de Corte, sí vulneró el interés superior de la niñez por utilizar la imagen de un menor de edad durante la etapa de campaña de la elección judicial.

No obstante, la presidenta del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Hidalgo (TSJEH) logró evitar la multa económica de 5 mil 657 pesos que le había impuesto la Sala Regional Ciudad de México, por lo la sanción consistió en solo una amonestación pública.

La denuncia contra Aladro Echeverría fue presentada por Isidro Omar Paz Martínez, quien aportó pruebas de que el 28 de junio, la magistrada publicó un video en Instagram en el que aparece la imagen de un niño y cuyo rostro no fue difuminado, lo que es una violación a la normatividad sobre propaganda electoral.

Según los argumentos de Rebeca Aladro, la persona que aparecía en el material “no es identificable, su aparición es incidental y no está acreditado se trate de un menor”, pero se rechazó su defensa porque la excandidata estuvo “en posibilidad de difuminar la imagen del posible menor, en aras de garantizar la protección máxima al interés superior de la niñez”.

Magistrados del TEPJF le anularon la multa impuesta porque consideraron que era desproporcionada.

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