Estado

Entran en vigor reformas al Código Electoral de Hidalgo tras su publicación en el POEH

Reducción de regidurías y sindicaturas en municipios aplicarán para el proceso 2026-2027

Foto: Luis Soriano
16/09/2026 |18:42
Lourdes Naranjo
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Con la publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH), entraron en vigor las dos reformas al Código Electoral estatal recientemente aprobadas por el Congreso local, una sobre la nulidad de la elección por causas de intervención o injerencia extranjera que influyan en los resultados electorales, y la otra referente a la integración de los ayuntamientos.

Ambas reformas aplicarán en el proceso electoral 2027, ya que cumplieron con lo estipulado en la legislación de aprobarse y publicarse con límite al 15 de septiembre, que son los 90 días antes del proceso electoral que iniciará el 15 de diciembre de 2026.

El 14 de septiembre, horas después de la aprobación en el Poder Legislativo, se publicó en el POEH el decreto 722, por el que se adiciona una fracción al artículo 385 del Código Electoral de Hidalgo, en materia de causales de nulidad de la elección. La nueva causa de nulidad es cuando se acrediten actos de intervención o injerencia extranjera que influyan en los resultados electorales.

También se publicó el mismo día en el POEH el decreto 723 por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Electoral del estado, en materias de armonización legislativa y racionalidad institucional en la integración de ayuntamientos.

El decreto señala que las disposiciones relativas a la integración de los ayuntamientos, al número de regidurías, a la existencia de una sola sindicatura y a la supresión de la sindicatura de primera minoría serán aplicables al proceso electoral local 2026-2027, para los gobiernos municipales que iniciarán funciones el 5 de septiembre del próximo año.

Además, establece que el Instituto Estatal Electoral (IEEH) deberá ajustar su normatividad interna dentro de los 90 días posteriores.

El documento indica que las economías o ahorros que, en su caso, resulten de la nueva integración de los ayuntamientos permanecerán en el patrimonio de la hacienda pública del municipio correspondiente y se destinarán a obras de infraestructura pública en beneficio de la población.

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