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Luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó los decretos por los cuales se reformó el Código Electoral del Estado de Hidalgo, en el tema de los pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas y personas con discapacidad, Miguel Ángel Martínez Gómez aclaró que la consulta no fue echada abajo en su totalidad e indicó que solo deben reponer tres de las cinco fases.
La máxima autoridad jurisdiccional determinó que las consultas a dichos sectores de la población no se llevaron a cabo de acuerdo con los parámetros que fijó en la acción de inconstitucionalidad de 2019, cuando la LXIV Legislatura organizó el primer ejercicio.
En entrevista con EL UNIVERSAL HIDALGO, Martínez Gómez, presidente de la Comisión de los Pueblos Indígenas del Congreso local, indicó que aún no cuenta con la sentencia completa.
No obstante, refirió que la SCJN encontró elementos para dejar sin efectos las fases: deliberativa (donde delegados llevaron la información a sus comunidades para su análisis e implementación de propuestas), consultiva municipal (recepción de opiniones, sugerencias y propuestas para adecuar la legislación), así como de ejecución y seguimiento de acuerdos (realización de acciones para dar cumplimiento a los acuerdos tomados).
“Puedo decir que no estábamos como hace 2 años o como en la anterior consulta, que fue inconstitucional y que se tuvo que realizar desde la primera fase (…) No echan abajo la consulta, solo es la corrección de la implementación, de acuerdo a los criterios de la Corte”, dijo.
Y acotó que sólo es de la fase deliberativa en adelante, y que eso sin duda nos deja en un paso donde no estamos al inicio, ya es un avance del 80 por ciento en términos cuantitativos, explicó.
Para la consulta a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, el Congreso de Hidalgo pagó 9 millones 720 mil 800 pesos a la empresa SEAP Consultores S.C., al respecto el legislador perredista dijo que ya revisan la póliza y garantías del contrato y adelantó que la consultora deberá subsanar y corregir el ejercicio con base en las observaciones de la SCJN.
Datos
- La consulta estuvo compuesta de seis fases: preparatoria y de acuerdos previos para la implementación, informativa, deliberativa, consultiva municipal y de ejecución y seguimiento de acuerdos.
- En 2019, la SCJN declaró la inconstitucionalidad de la consulta de los pueblos y comunidades indígenas y ordenó reponer el procedimiento de una forma previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe
- En esta ocasión también se invalidó el decreto por el cual se realizaron reformas en favor de las personas con discapacidad
- A lo que el diputado dijo que pondrá su empeño para concluir con el procedimiento antes de que termine su cargo en septiembre de 2024